El Gobierno nacional prohibió a partir del 1 de enero de 2020 la fabricación, importación y exportación de productos con mercurio añadido, entre ellos los termómetros. Lo hizo a través de una resolución de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable que salió publicada hoy en el Boletín Oficial.
Allí se recuerda que a través de la Ley Nº 27.356 se aprobó el Convenio de Minamata sobre el Mercurio, que tiene por objetivo "proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones y liberaciones antropogénicas de mercurio y compuestos de mercurio".
Además, el Ministerio de Salud adoptó en 2009 la Política de la Organización Mundial de la Salud para la minimización de la exposición y reemplazo del mercurio del sector salud y se instruyó a todos los hospitales y centros de salud del país para que, a partir de los nuevos procedimientos de compra de insumos, los termómetros clínicos se adquirieran libres de mercurio, indicó La Nación.
Los productos prohibidos son estos:
1- Baterías
2- Interruptores
3- Lámparas fluorescentes compactas (CFL)
4- Lámparas fluorescentes lineales (LFL) para usos generales de iluminación
5- Lámparas de vapor de mercurio a alta presión (HPMV) para usos generales de iluminación
6- Mercurio en lámparas fluorescentes de cátodo frío y lámparas fluorescentes de electrodo externo (CCFL y EEFL) para pantallas electrónicas
7- Plaguicidas, biocidas y antisépticos de uso tópico
8- Los siguientes aparatos de medición no electrónicos:
a) barómetros
b) higrómetros
c) manómetros
d) termómetros